A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Ministerio De Educacion Nacional Y Otro·Respondent Aristizabal Gallego Libardo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre los juzgados Veintidós Administrativo Oral de Medellín y Séptimo Civil Municipal de Oralidad de Medellín.
La controversia se origina por una solicitud de ejecución de sentencia, presentada por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, ante el Juzgado Veintidós Administrativo de Medellín, en contra de un ciudadano, quien fuera demandante en el proceso primigenio, para el pago de las costas procesales aprobadas por dicho Despacho.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la solicitud es consecuencia de una condena proferida en el marco de un proceso que se llevó a cabo al interior de la jurisdicción contencioso administrativa y, de conformidad con lo establecido por esta Corte, no se trata de una nueva demanda ejecutiva, por lo que resuelve el conflicto en reiteración de la regla dispuesta en Auto 008 de 2022, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Veintidós Administrativo Oral de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Séptimo Civil Municipal de Oralidad de Medellín.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre los juzgados Veintidós Administrativo Oral de Medellín y
- Séptimo. Civil Municipal de Oralidad de esa misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veintidós Administrativo Oral de Medellín es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución de sentencia presentada por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en contra de Luis Alfredo Sanabria Ríos.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5344 al Juzgado Veintidós Administrativo Oral de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Séptimo. Civil Municipal de Oralidad de Medellín.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.